CLASIFICACIÓN DE RESIDUOS RADIACTIVOS (Resolución 180005 de 2010).

"La clasificación tiene en cuenta la actividad inicial de los residuos y el periodo de semidesintegración de los radionucleidos que contienen mayoritariamente, que pueden ser de vida corta y media (menor de 30 años) o bien de vida larga, cuando su periodo de semidesintegración es superior a este valor". (CSN).
REQUISITOS DE SEGURIDAD PARA TENER EN CUENTA EN CENTRALES Y PLANTAS NUCLEARES:

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